Detención sin excepción

15 años de monitoreo de la situación de los derechos humanos de las personas migrantes privadas de su libertad en Estaciones Migratorias de México

CONTEXTO DEL INFORME

  • En los últimos 15 años, Sin Fronteras ha trabajado continuamente en el monitoreo de centros de detención migratoria en México con la intención de promover un diálogo entre gobierno y sociedad civil que permita hacer de la detención migratoria una excepción (como señalan los tratados internacionales de los que México es parte) y no una regla.
  • El presente informe es una evaluación de las principales problemáticas, recomendaciones, logros y retos de estos 15 años de monitoreo, tiempo en el que en articulación con otras organizaciones o de forma independiente, Sin Fronteras ha ingresado a 26 centros de detención migratoria de diez estados del país: Chiapas, Tabasco, Oaxaca, Ciudad de México, Puebla, Tlaxcala, Guadalajara, Coahuila, Baja California Norte y Tamaulipas. En las distintas localidades se han encontrado problemáticas comunes a lo largo del tiempo y a lo largo y ancho del país. El informe detalla las más apremiantes de atender y hace nuevas propuestas al respecto.
  • Según datos oficiales de los boletines estadísticos del Instituto Nacional de Migración (INM), de 2000 a 2015 han ocurrido 2,126,666 eventos de detención migratoria en México. El número de personas detenidas y expulsadas del país ha sido variable cada año. Desde 2004 y 2005 no se había visto un número tan elevado de detenciones y expulsiones como en 2015, año en que ocurrieron 190,366 eventos de detención, de los cuáles 155,418 se tradujeron en expulsiones del país.
  • Para Sin Fronteras, este dato regresivo es preocupante por los potenciales riesgos que enfrentan miles de personas extranjeras que un su condición de indocumentadas, son forzadas a regresar a sus países y reingresarán a México en situaciones de alto riesgo, en muchos casos, entrando en un círculo de movilidad-detención-expulsión que parece interminable ante la ausencia de condiciones que garanticen una vida digna y libre de violencia en los países de origen, tránsito y destino.

DESAFÍOS

  • El principal desafío que encontramos en materia de política migratoria y detención es que hay una deuda pendiente que se mantiene aún con los cambios de sexenio y la alternancia por el poder: La detención migratoria en México ocurre sin excepción y no a la inversa, situación que potencializa el panorama desfavorable para poblaciones en mayor posibilidad de riesgo como posibles personas refugiadas, niños, niñas y adolescentes, mujeres víctimas de violencia sexual, grupos LGBTTI, extranjeros extracontinentales provenientes de países en guerra, extranjeros centroamericanos víctimas de guerras de baja intensidad, y víctimas de delito en México.
  • Algunos de los riesgos de mantener una política basada en la detención y expulsión de migrantes podrían revertirse desde las estaciones Migratorias pues éstas son un punto clave para la detección de solicitantes de asilo, y personas en alto riesgo. Sin embargo, mientras la detención sea una política que opera como regla, de forma masiva y no de manera excepcional, se mantendrá el detrimento de la adecuada identificación de personas sujetas de protección internacional.
  • La detención migratoria indiscriminada implica en sí misma una sanción administrativa por la presunción de un ingreso irregular, además de ser un acto que contraviene a lo dispuesto en la Constitución Mexicana en el tema de detención administrativa.
  • La práctica recurrente de disuadir a las personas ante un proceso de regularización migratoria dentro de los centros de detención es un aspecto preocupante que contraviene toda posibilidad de ser progresivos en materia de derechos humanos con las personas migrantes y sujetas a protección internacional y no debe ocurrir bajo ninguna circunstancia.
  • A lo largo de 15 años existen recomendaciones derivadas de los informes de sociedad civil y de organismos internacionales que hasta la fecha no han logrado atenderse. Destacan entre estas recomendaciones: asegurar el derecho a la información respecto a las solicitudes de la condición de refugiado; implementar políticas públicas que aseguren que la detención se utiliza como último recurso y siempre respetando la dignidad del ser humano; el acceso al debido proceso y la participación de la defensoría pública en los centros de detención; eliminar la participación de cuerpos de seguridad nacional en las detenciones; garantizar que los procesos administrativos con niños, niñas y adolescentes ocurran en todo momento fuera de los centros de detención.

BUENAS PRÁCTICAS

  • En la elaboración de este balance, encontramos que aún cuando no se encontró alguna recomendación que haya sido adoptada cabalmente en beneficio de las personas migrantes y sujetas a protección internacional, hay una serie de prácticas e iniciativas en las que se han logrado alianzas entre gobierno y sociedad civil para cambiar el panorama de algunos grupos en detención.
  • Destacamos que durante el lapso de 2000-2015 se haya establecido un marco normativo en materia migratoria en México así como la Reforma Constitucional en Derechos Humanos de 2011. Con respecto a las leyes existentes es importante señalar: la Ley de Migración, Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, y recientemente, la Ley General de los Derechos de niñas, niños y adolescentes que incorpora un apartado específicamente para el buen trato y tutela de la niñez migrante.
  • Entre las prácticas destacables recuperaremos la promoción de alternativas a la detención para niños, niñas y adolescentes y para algunas familias en proceso de reconocimiento de la condición de refugiado. Un cambio sin duda necesario, que urge fortalecer a nivel estructural para su consolidación, lo cuál requerirá buena articulación entre los organismos involucrados como PGR, INM, Sistema Nacional y Estatal del DIF, COMAR y del mantenimiento de alianzas con sociedad civil. En ello, el tema presupuestal es un nodo central para poder materializar estas prácticas.
  • se ha mantenido el diálogo con el INM en favor del acceso para llevar el monitoreo de forma ininterrumpida en estos quince años. Instamos a que esta práctica sea común con otras organizaciones civiles interesadas en la defensa de derechos de las personas migrantes.

CONCLUSIONES Y PROPUESTAS

  • La participación abierta y regular de más organizaciones civiles para el monitoreo de los centros de detención. Nuestra propuesta es impulsar distintos ejercicios de monitoreo que puedan dar cuenta de tres líneas de escrutinio específico: trato durante las detenciones y en los centros de detención, estado de la salud mental de las personas en detención e infancia y adolescencia.
  • La institucionalización de la protección de los derechos humanos como una responsabilidad del estado. Hoy podemos afirmar, no basta la sensibilización. En el caso de las instituciones obligadas a ser garantes de derechos, no se puede apelar a la mera sensibilización.
  • El acceso efectivo de las personas a la información y a la defensa legal. Esto puede hacer la diferencia incluso para salvaguardar la vida cuando las condiciones de los países de origen aún sin considerarse en contexto de guerra, colocan a las personas en alto riesgo si regresan a sus países.
  • El escrutinio constante sobre condiciones materiales y trato dentro de los centros de detención. Que la CNDH a través de su Quinta Visitaduría, responsable del Programa de Atención a Migrantes, vuelva a tener un papel activo como organismo público autónomo encargado de la promoción, protección y observancia de los Derechos Humanos previstos en el orden jurídico mexicano.
  • Una participación de ACNUR, COMAR y la CNDH en las estaciones migratorias con efectos materiales de mayor impacto, especialmente en la identificación de casos de protección internacional y en el seguimiento a quejas ante la CNDH.
  • El cumplimiento del Estado mexicano hacia las recomendaciones emitidas en las visitas a México de la Relatoría sobre los Derechos de los Migrantes de 2003 y 2011, del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes de 2014, y la visita in loco de la CIDH de 2015 y la creación de mecanismos de seguimiento a través de visitas sucesivas de las relatorías y de la conformación de mecanismos intersecretariales.